Santo Domingo. El Senado de la República ha declarado de urgencia y aprobada, este martes, una modificación fundamental a la Ley 137-03, que aborda el Tráfico Ilícito de Migrantes y la Trata de Personas. Esta ley, promulgada en agosto de 2023, fue objeto de un mandato del Poder Ejecutivo para fortalecer la protección de los derechos de niños, adolescentes y personas vulnerables.
La propuesta fue considerada de urgencia en su primera lectura, lo que llevó a la convocatoria de una sesión extraordinaria para su aprobación. Con un apoyo contundente, los 23 senadores presentes votaron unánimemente a favor de la modificación, subrayando la importancia del tema en cuestión.
La modificación al artículo 3 incluye la inclusión de un nuevo inciso 3.1. A partir de ahora, el tratamiento de personas será sancionado con penas de prisión que oscilarán entre 10 y 20 años, acompañadas de una multa que va de 150 a 300 salarios mínimos del sector público. Sin embargo, las sanciones son significativamente más severas si la infracción afecta a niños, adolescentes o personas discapacitadas o vulnerables, lo que se traduce en penas de 20 a 30 años de prisión y multas de 300 a 500 salarios mínimos.
Recordamos que en junio pasado, esta modificación ya había sido aprobada en la Cámara de Diputados, y ahora regresa al Palacio Nacional para ser promulgada por el presidente Luis Abinader. En su discurso, el Poder Ejecutivo expresó su intención de reforzar su “compromiso constitucional y convencional de luchar contra una práctica tan denigrante e inhumana como la trata de personas”.
El artículo 3, que se modifica, define la trata de personas como un delito que abarca una variedad de métodos coercitivos, incluyendo la amenaza, fuerza, coacción, fraude o abuso de poder, para explotar a víctimas en diversas formas, cuentos como la mendicidad, explotación sexual, trabajo forzado, y otras prácticas análogas. Las sanciones contempladas para estos delitos son severas, con penas de reclusión que van de 15 a 20 años y multas de 175 salarios mínimos.